Tribunal electoral rechazó la solicitud de remoción del Alcalde Camilo Benavente

El Tribunal Electoral Regional de Ñuble resolvió rechazar la solicitud de remoción e inhabilidad presentada contra el alcalde de Chillán, Camilo Francisco Benavente Jiménez, en conformidad con lo establecido en el artículo 60 de la Ley N° 18.695.

La solicitud fue promovida por Quenne Aitken Ferrada, Joseph Daniel Alfredo Careaga Palma y Juan Pablo Guillermo López Aguilera, quienes argumentaron presuntas irregularidades en la gestión del edil. Sin embargo, el tribunal concluyó que los cargos formulados no eran suficientes para proceder con la remoción.

Detalles del fallo

Costas: No se condenó en costas a los solicitantes, dado que el tribunal consideró que existía motivo plausible para litigar.

Publicación: El fallo deberá ser notificado mediante su publicación en el diario La Discusión de Chillán, conforme al artículo 25 de la Ley N° 18.593.

Integrantes del tribunal

La sentencia fue dictada por el tribunal compuesto por el ministro Guillermo Arcos Salinas, y los abogados miembros Paula Andrea Morales Rojas y Eduardo Alejandro Peñafiel Peña. La causa corresponde al Rol N° 153-2023 y fue autorizada por el secretario relator Cristian Coloma Fuentes.

Con esta resolución, el alcalde Camilo Benavente podrá continuar en el ejercicio de sus funciones, ratificando el respaldo jurídico a su gestión.

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